Todo lo que necesitas saber sobre la cuota del convenio especial de seguridad social en el año 2020

¿Eres autónomo y quieres estar cubierto por la seguridad social? Descubre todo lo que necesitas saber sobre el convenio especial de seguridad social 2020.
En este artículo te explicamos la cuota a pagar, los requisitos necesarios para acogerse al convenio especial, cómo solicitarlo y las ventajas e inconvenientes que ofrece. Sabemos lo importante que es para ti estar cubierto en caso de enfermedad o accidente, por eso queremos que conozcas todas las opciones disponibles para ti como autónomo.
Cuota convenio especial seguridad social 2020 para autónomos

El convenio especial de seguridad social es una forma de cotización para aquellos autónomos que no están obligados a cotizar pero desean mantener su protección social. La cuota depende de la base de cotización elegida y puede variar cada año. En el año 2020 la cuota mensual mínima es de 142,24 € y la máxima es de 1.214,08 € .
1.Base de cotización
La base de cotización es el importe sobre el cual se calcula la cuota a pagar y determina el nivel de protección social que se va a recibir. En el convenio especial se tiene la posibilidad de elegir la base de cotización, siempre y cuando sea superior a la base mínima de cotización para el régimen en el que se esté dado de alta como autónomo.
1.2. Bonificación por solicitud en los 3 primeros años de alta
Los autónomos que se dan de alta por primera vez en el régimen especial de trabajadores autónomos, tienen la posibilidad de solicitar el convenio especial en los tres primeros años de alta con una bonificación del 50% sobre la cuota durante los 18 primeros meses.
Requisitos para acogerse al convenio especial de seguridad social 2020
¿Qué es el convenio especial de seguridad social 2020? El convenio especial de seguridad social es una opción para aquellos trabajadores autónomos que dejan de cotizar obligatoriamente y quieren seguir manteniendo los derechos de la Seguridad Social. A cambio de una cuota mensual, se puede acceder a diferentes prestaciones y servicios.
Requisitos para acogerse al convenio especial de seguridad social 2020
1. Haber estado dado de alta en el régimen de autónomos durante al menos 12 meses ininterrumpidos antes de solicitar el convenio especial.
No estar en situación de alta en ningún régimen de la Seguridad Social en el momento de solicitar la opción del convenio especial.
3. No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación en el momento de solicitar el convenio especial.
4. Encontrarse en situación de alta en la Seguridad Social en la fecha de cese en el régimen de autónomos.
Cumplidos estos requisitos, el trabajador autónomo puede solicitar el convenio especial y continuar disfrutando de las ventajas de estar dado de alta en la Seguridad Social.
Cómo solicitar el convenio especial de seguridad social 2020
El convenio especial de seguridad social 2020 es una opción que tienen los trabajadores autónomos para seguir cotizando a la seguridad social cuando han cesado su actividad o no superan los requisitos para estar en el régimen general. Para solicitarlo, es necesario:
1. Cumplir con los requisitos
Antes de iniciar la solicitud, el trabajador autónomo debe asegurarse de cumplir con los requisitos necesarios para acogerse al convenio especial de seguridad social 2020. Entre ellos, se encuentran:
- Haber estado dado de alta como autónomo durante un mínimo de doce meses.
- No estar recibiendo ninguna pensión o prestación de la seguridad social.
- No superar la edad establecida para acceder a la pensión contributiva.
2. Rellenar el formulario de solicitud
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos, es necesario rellenar el formulario de solicitud del convenio especial de seguridad social 2020. Este documento se puede obtener en la página web de la seguridad social o en cualquier oficina de atención al ciudadano. Es importante completar correctamente todos los datos requeridos, ya que de lo contrario, la solicitud podría ser denegada.
Presentar la solicitud
Por último, una vez que se ha rellenado el formulario de solicitud, es necesario presentarlo en la oficina de la seguridad social correspondiente. El plazo máximo para presentar la solicitud es de treinta días hábiles desde que se cesó la actividad o se cumplió la edad requerida para el acceso a la pensión contributiva. Pasado este plazo, la solicitud ya no será válida y será necesario volver a iniciar todo el proceso.
Pago de la cuota del convenio especial de seguridad social 2020

El pago de la cuota del convenio especial de seguridad social 2020 se realiza de forma trimestral, a través del Sistema RED de la Seguridad Social. La cuota a pagar varía en función de la base de cotización elegida y puede oscilar entre los 90 y los 435 euros mensuales.
Recargo por ingreso fuera de plazo
Es importante tener en cuenta que, en caso de no realizar el pago en los plazos establecidos, se aplicará un recargo por ingreso fuera de plazo del 1% más los intereses de demora correspondientes. Por ello, se recomienda realizar el pago en el plazo establecido para evitar recargos y posibles sanciones.
Posibilidad de cambio de base de cotización
Además, es posible solicitar el cambio de la base de cotización en cualquier momento, lo que puede permitir ajustar el importe de la cuota a pagar en función de las necesidades del autónomo. Este cambio deberá solicitarse antes del último día del mes anterior al inicio del trimestre en el que se quiera aplicar la nueva base de cotización.
En resumen, el pago de la cuota del convenio especial de seguridad social 2020 es una obligación que deben cumplir los autónomos que se acojan a esta modalidad de cotización. Es importante realizar el pago en los plazos establecidos y estar al tanto de las posibilidades de cambio de base de cotización.
Ventajas e inconvenientes del convenio especial de seguridad social 2020
El convenio especial de seguridad social 2020 puede tener ventajas e inconvenientes dependiendo de la situación individual del autónomo. A continuación, se detallan algunos de ellos:
Ventajas
1. Mantenimiento de la cobertura sanitaria: Con el convenio especial, el autónomo puede seguir teniendo acceso a la cobertura sanitaria pública, lo que le permite ahorrar en seguros médicos privados.2. Continuidad en la cotización: En caso de no tener actividad laboral, el autónomo puede continuar cotizando a la seguridad social mediante el convenio especial, lo que le proporciona una mayor protección social y acceso a prestaciones económicas.3. Posibilidad de jubilación anticipada: Al seguir cotizando al sistema de seguridad social, el autónomo puede acceder a la jubilación anticipada, lo que le permite retirarse antes de la edad ordinaria de jubilación.
Inconvenientes
1. Coste elevado: La cuota del convenio especial puede resultar elevada para algunos autónomos, especialmente para aquellos que no tienen ingresos regulares o suficientes.2. Menor protección en caso de enfermedad o accidente laboral: El convenio especial no proporciona la misma protección en caso de enfermedad o accidente laboral que el régimen general de la seguridad social, ya que no incluye la protección por contingencias profesionales.3. Limitaciones en la elección de la base de cotización: El autónomo que se acoge al convenio especial está limitado en la elección de la base de cotización, lo que puede resultar desventajoso en caso de querer optar por una base superior para aumentar las prestaciones de la seguridad social.